jueves, 14 de noviembre de 2013

La Audiencia cuestiona la constitucionalidad de que las eléctricas financien el ahorro y la eficiencia

       La sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado dos autos en los que promueve sendas cuestiones de inconstitucionalidad acerca de la obligatoriedad de que sean las empresas del régimen ordinario, entre ellas las principales eléctricas, las que tengan que financiar los planes de ahorro y eficiencia energética.
   
       En concreto, la Audiencia cree que podría resultar "discriminatorio y arbitrario" que estas empresas y no el conjunto de los productores de electricidad, incluidos los del régimen especial (renovables y cogeneración), sean las que tengan que financiar estos planes durante los años 2011, 2012 y 2013.
   
       En el auto en el que plantea esta cuestión, la Audiencia cifra en 670 millones los importes que las eléctricas tradicionales deben dedicar a los planes de ahorro y eficiencia, a razón de 270 millones en 2011, 250 millones en 2012 y 150 millones en 2013.
  
       La norma en la que figura este aspecto sometido a controversia es el real decreto ley 14/2010, aprobado en diciembre de 2010 por el entonces ministro de Industria Miguel Sebastián. Este real decreto fijaba además una senda de recorte del déficit de tarifa y una limitación a las horas con derecho a prima de las renovables.
   
       En lo referido al ahorro y a la eficiencia, la norma obliga a financiar estos planes a un número limitado de empresas, que son Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, HC, E.ON, AES Cartagena, Bizkaia Energía, Castelnou Energía, Nueva Generación del Sur, Bahía de Bizkaia Electricidad y Tarragona Power.
  
       Estas empresas, señala el real decreto ley 14/2010, deben hacerse cargo de la ejecución de las medidas del plan de acción 2008-2012 de la estrategia de ahorro y eficiencia energética en España para el periodo 2004-2012


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