56 enmiendas. Y ni una coma sobre el autoconsumo. El Partido
Popular quiere dejar el peaje al sol como está: todo aquel
que utilice energías renovables para el autoconsumo tendrá que empezar a pagar
por ello. Es decir, pagará por usar los rayos del sol y el viento de Levante –o
por el de Poniente, vaya, pero pagará–. ¿Por qué? Porque elproyecto de ley establece ”la obligación de
las instalaciones de autoconsumo de contribuir a la financiación de los costes
y servicios del sistema en la misma cuantía que el resto de los consumidores”.
La Ley del Sector Eléctrico, que se está tramitando
por la vía de urgencia, va quemando etapas a toda velocidad: el jueves pasado
el Grupo Popular tumbó las siete enmiendas a la totalidad. Y las enmiendas parciales que ha presentado el
PP dan muchas pistas sobre lo que se puede esperar del articulado final: muy
pocos cambios.
Y algunos de estos cambios son para insistir en la
inseguridad jurídica que denuncian los productores de energías renovables. Por
ejemplo, la enmienda 455, del PP, desarrolla todos los parámetros para revisar
cada 3 o 6 años los criterios para el sostenimiento de las inversiones
renovables: “Se podrán revisar todos los parámetros retributivos y, entre
ellos, el valor sobre el que girará la rentabilidad razonable en lo que reste
de vida regulatoria de las instalaciones tipo”. Aunque, indican fuentes del
sector eléctrico, ahora ya no se podrá cambiar “el valor de la inversión
inicial” una vez que haya sido establecido.
En todo caso, a todo aquel que haya invertido en
energías renovables le cambiarán los criterios para el sostenimiento de la
inversión en función de una “rentabilidad razonable” que está pendiente de
articularse. Y aquellos que inviertan más adelante, podrán, también,
encontrarse con un marco jurídico distinto, revisable cada seis años.
Según indica la Unión Española Fotovoltaica ( UNEF) en un
informe, la enmienda 487 abunda en la retroactividad: “Establece que el nuevo
régimen económico específico a las renovables afecta a todas las plantas
incluidas en cualquiera de los regímenes económicos primados ya existentes.
Además, clarifica que dicho régimen entró en vigor con la aprobación del RDL
9/2013 (enmienda 486)”.
La implantación de nuevas plantas de renovables, según
establece la enmienda 456 del Grupo Popular, será de carácter “excepcional”,
como ya decía la ley. Lo que se pide ahora es que “el otorgamiento de este
régimen retributivo específico se establecerá mediante procedimientos de
concurrencia competitiva”.
¿Qué quiere decir lo anterior? Según explica el
Ministerio de Industria en su web, ”esto conlleva que el proceso de
selección de entidades colaboradoras presentadas en la convocatoria serán
evaluados al mismo tiempo y bajo los mismos criterios teniendo todos los
proyectos presentados las mismas oportunidades”. Esto es, además de ser
“excepcional”, dependerá de una suerte de concurso. “Se debe articular un
mecanismo de subasta para determinar, una vez descontada los precios de
mercado, el nivel extra de ingresos que necesita la instalación en función de
los conceptos ya conocidos de rentabilidad razonable”, explica la UNEF en su
informe.
Jorge Morales, ingeniero industrial y
miembro de la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético, llama
la atención sobre la enmienda 473: “Es muy relevante, porque introduce un
párrafo que impide suspender el suministro de luz a los servicios esenciales
[hospitales, juzgados...]. El anteproyecto de ley sí que lo permitía. Ahora se
vuelve a la situación anterior, en contra de los que querían las eléctricas,
que estaban a favor de cortar la luz a todo el mundo en caso de impago”.
Si la 473 supone una derrota para las
eléctricas, la enmienda 475, junto con la 484, lo será para el autoconsumo. “La
475″, explica Morales, “introduce la posibilidad de que un inspector del
Ministerio pueda entrar en los domicilios de personas físicas. Es decir, que
puede entrar en la casa de cualquiera y, sobre todo, de los que practiquen el
autoconsumo, para revisar si están pagando el impuesto al sol”. ¿Y la 484?:
“Tiene que ver con las sanciones, y sigue dejando al albur del juez el tipo de
sanción para aquel que no haya dado de alta una placa solar de 200 vatios.
Cuesta 300 euros y le puede caer una multa de 60 millones de euros”.
Las enmiendas también avalan (497) que las principales
eléctricas (Iberdrola, Endesa, Gas Natural, Hidroeléctrica del Cantábrico y
EON) financien el déficit tarifario de 2013 –y los siguientes, si es que
hubiera, aunque la ley prevé lo contrario–, que, según el último cálculo del
ministro José Manuel Soria, alcanzará los 4.500 millones. Algo recurrido por
las empresas ante el Supremo, pero que el tribunal ha sancionado: las eléctricas querían
que las renovables también participaran de esta financiación; el Supremo ha
dicho que no.
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